NOTARIOS, ACTAS DE LOS.
Es verdad que la ley atribuye valor probatorio a las declaraciones notariales, pero la interpretación de la misma ley debe hacerse tomando en cuenta la necesidad de que la parte que representa un interés contrario al de aquella que solicitó los servicios del notario, tenga la oportunidad de ser oída en las diligencias de prueba, pues si esto no ocurre, se viola uno de los principios fundamentales del derecho, consagrado en el artículo 14 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340303-a12bc855/notarios-actas-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4039/54. Cortina Solórzano Paz. 25 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José Castro Estrada.
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