CONFESION FICTA.
La presunción de ser cierto un hecho por no haber contestado la demanda ni haber absuelto posiciones uno de los demandados, no puede llegar más allá de dicho demandado y, por lo mismo, no perjudica a los otros.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340342-5ac2af30/confesion-ficta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4732/52. Hospital Israelita de México y coagraviados. 10 de marzo de 1955. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
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