COSTAS EN MATERIA MERCANTIL.
La fracción III del artículo 1084 del Código de Comercio, al expresar en forma imperativa que siempre serán condenados en costas los que fueren condenados en juicio ejecutivo, no excluye a los que no hubiesen obrado con temeridad o mala fe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340732-260b4393/costas-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 227/50. Sandoval José Trinidad. 18 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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