COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
Debe sobreseerse en el amparo cuando el quejoso no cumple con la obligación que la impone el artículo 163 de al Ley de Amparo, de solicitar a la autoridad responsable copia certificada de la sentencia o laudos reclamados y de las constancias que estiman necesarias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341353-aff3e108/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2698/53. Mendoza López Soledad y coags. 29 de marzo de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Hilario Medina y Gabriel García Rojas. Relator: Rafael Rojina Villegas.
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