COMPETENCIA EN AMPARO.
Aunque el quejoso señale en su demanda de amparo como autoridades responsables a un Juez de Distrito y a un Juez Civil del mismo Estado, así como a los secretarios de ambos, si el Juzgado de Distrito ante quien fue presentada la demanda la desechó de plano en cuanto al responsable del mismo fuero en el otro Estado, y ese desechamiento quedó firme, es evidente que la demanda presentada queda solamente circunscrita a los actos de las autoridades civiles, y siendo así, la competencia debe radicar en el Juez de Distrito correspondiente a la entidad de dicha autoridad civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341545-8a2e3e91/competencia-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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