CESION DE CREDITOS, ALCANCE DE LA. DAÑOS Y PERJUICIOS.
Aunque en la cesión de un crédito no se mencione de una manera expresa, en la escritura respectiva, el derecho de cobrar los daños y perjuicios objeto de la demanda existente en tramitación, respecto al crédito cedido, es claro que al consignarse la cesión de todos los derechos y acciones en escritura publica, se llenaron los requisitos de forma, por lo que no puede interpretarse que el vendedor no hizo cesión de los mencionados derechos a los daños y perjuicios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341956-a07a7df4/cesion-de-creditos-alcance-de-la-danos-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CESION DE DERECHOS, ALCANCE DE LA. (s/clave)
- CREDITOS, CESION DE. (s/clave)
- CESION DE DERECHOS. (s/clave)
- CESION DE CREDITOS, FORMALIDADES DE LA. (s/clave)
- DERECHOS LITIGIOSOS CESION DE. (s/clave)
- CREDITOS LITIGIOSOS, CESION DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis