Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACION, ADICION DE AGRAVIOS EN LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 342060 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 465

Es cierto que no hay disposición alguna que faculte expresamente al apelante para adicionar los agravios que no hubiere hecho valer en el escrito de interposición de la alzada; pero también lo es que no hay disposición alguna que lo prohiba, y en consecuencia, no puede negarse al recurrente ese derecho, siempre que lo ejerza dentro del término que la ley le concede para interponer ese recurso, y una adición de los agravios no implica la prórroga de jurisdicción del Juez, ya que éste se limita a mandar agregar el escrito relativo a los autos para que sea el superior quien resuelva lo pertinente. Ahora bien, adicionado un escrito de apelación dentro del tiempo para interponerla, aunque la admisión de la apelación en ambos efectos por el Juez, suspenda su jurisdicción para seguir conociendo de los autos principales y para ejecutar la sentencia recurrida, no la suspende para dictar las providencias que fueren necesarias para la tramitación del recurso de apelación. Por tanto, si causa estado el auto que tiene por adicionados los agravios presentados en tiempo, y la Sala de apelación se niega a estudiarlos y resolverlos, impide al apelante su defensa y revoca una determinación judicial sin haberlo solicitado las partes, por lo que procede conceder al amparo en tal caso, para el efecto de que se dicte nueva sentencia, tomando en consideración todos los agravios invocados.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342060-479b1e81/apelacion-adicion-de-agravios-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 1000/52. García viuda de González Barroso Josefina. 8 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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