Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 342427 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2141

De conformidad con los artículos 84, fracción I, y 92 de la Ley de Amparo en vigor, la Suprema Corte de Justicia al conocer del recurso de revisión, en los casos en que se impugna una ley por su inconstitucionalidad, sólo está facultada para decidir tal cuestión, y por lo mismo, dicho Alto Tribunal debe dejar a salvo la jurisdicción del Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, para que resuelva el recurso, en lo concerniente a las violaciones de leyes ordinarias que en el mismo se hagan valer.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342427-34d28599/revision-competencia-para-conocer-del-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 7055/41. Morales González Angel. 26 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.

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