DIVORCIO EN CAMPECHE, INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE.
Al conceder la Ley de Divorcio del Estado de Campeche facultades jurisdiccionales a un funcionario que depende del Poder Ejecutivo, incurre en una confusión de poderes y viola los artículos 49 y 133 constitucional; y al autorizar ese ordenamiento a funcionarios administrativos para que decreten la disolución del matrimonio, que por ser un contrato civil, según el artículo 130 de la Ley Suprema, compete a las autoridades judiciales, infringe también este precepto constitucional. La ilegalidad de la citada ley resalta cuando se considera que según su artículo sexto, basta que el quejoso reitere su instancia para que proceda la disolución del vínculo, lo que equivale a dejar la resolución de un contrato al arbitrio de una de las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342463-cbc3920a/divorcio-en-campeche-inconstitucionalidad-de-la-ley-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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