COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
Si en la misma fecha en que el quejoso presentó su demanda de amparo, solicitó de la autoridad responsable copia certificada de todas las constancias del juicio, de ello se sigue que tal solicitud no la hizo oportunamente; pero si la mencionada autoridad, al rendir su informe justificado, remitió los autos originales, con los que se comprueba el acto reclamado, debe entrarse al estudio de los conceptos de violación, de acuerdo con el criterio que por mayoría de votos ha sustentado la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342751-e3fcbcbc/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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