LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE EN CASO DE.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, modificando su jurisprudencia anterior, ha sustentado la tesis de que no debe admitirse el otorgamiento de contrafianza en los casos de lanzamiento, porque la ejecución del acto reclamado afectaría derechos del inquilino, no estimables en dinero, ya que se le causarían perjuicios no sólo de orden económico sino también de orden moral, y se le acarrearían vejaciones y descrédito, no reparables en la sentencia que decida el amparo en cuanto al fondo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343028-0f99891e/lanzamiento-contrafianza-improcedente-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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