LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sustentado el criterio de que en los casos de lanzamiento, no debe admitirse contrafianza, porque con ello se afectarían derechos del inquilino, no sólo económicos, sino también morales, no reparables en la sentencia definitiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342516-3123fbe8/lanzamiento-contrafianza-improcedente-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil directo 231/51. Sereno J. Jesús. 29 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
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