REMATE, NO ES CONSECUENCIA NECESARIA DEL EMBARGO.
No es exacto que el remate sea la consecuencia necesaria del embargo, porque éste no lleva forzosamente al remate, que puede impedirse por muchos medios, y aun habiendo sentencia condenatoria, puede el deudor librar sus bienes haciendo el pago de principal y réditos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343312-9fcf4d3e/remate-no-es-consecuencia-necesaria-del-embargo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 230/47. Torre Manuel de la. 25 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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