AYUNTAMIENTOS, AMPARO PEDIDO POR LOS.
El juicio de amparo puede ser promovido por una autoridad, como lo es un ayuntamiento, cuando interviene como sujeto de derecho privado, pero no cuando efectúa actos como el cobro de derechos por concepto de piso de un puesto comercial, porque entonces interviene ejercitando funciones del poder público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343392-dbbbfbe1/ayuntamientos-amparo-pedido-por-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 9430/49. Ayuntamiento Constitucional de Tamazula de Gordiano, Jalisco. 22 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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