SUSPENSION IMPROCEDENTE.
Si en un juicio de amparo anterior se concedió la suspensión de los mismos actos reclamados, pero habiendo dado contrafianza la parte contraria, la misma autoridad procedió a ejecutar el fallo reclamado; de ello se deduce que se trata de dar cumplimiento a una disposición constitucional, la establecida en el artículo 107, fracción VI, del Código Fundamental, que se refiere a la ejecución del acto que se estima atentatorio, mediante el otorgamiento de una contrafianza; y siendo esto así, se debe negar la suspensión, pues que no procede conceder la suspensión definitiva del acto reclamado, en los casos en que se trata del cumplimiento de un precepto constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343558-3c0766f9/suspension-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION, DESOBEDECIMIENTO A LA. (s/clave)
- SUSPENSION IMPROCEDENTE. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION PROVISIONAL, VIOLACION DE LA, CUANDO SE NIEGA LA DEFINITIVA. (s/clave)
- SUSPENSIÓN PROVISIONAL. PARA RESOLVER SOBRE SU PROCEDENCIA ES FACTIBLE ANTICIPAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ACTO RECLAMADO, CON BASE EN LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y EL PELIGRO (II.1o.P.141 P)
- SUSPENSION IMPROCEDENTE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis