COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
Si aunque no consta que el quejoso haya solicitado la copia certificada de constancias, que previene la ley, la autoridad responsable remitió dicha copia y con ella se comprueba la existencia del acto reclamado, debe entrarse al estudio del fondo del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343742-2ffe9139/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5457/50. Olivas Jesús Gustavo. 22 de septiembre de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: El Ministro Vicente Santos Guajardo no concurrió a la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.
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