TERCERISTA, SUSPENSION PEDIDA POR EL.
Si en el juicio en que se realizó el embargo reclamado, se presentó la quejoso interponiendo una tercería excluyente de dominio respecto del inmueble embargado, aunque conste que esa tercería fue fallada en primera instancia y en este fallo se declare que la parte actora no probó su acción, por no haber comprobado la identidad del predio de que se dice dueña, con el predio que fue embargado en el juicio a que se refiere, sin embargo si la quejosa, afirma, sin haber prueba en contrario, que ese fallo de primera instancia ha sido recurrido en apelación, en estas condiciones y teniendo en cuenta la tesis según la cual, al resolverse sobre la suspensión, no puede exigirse la comprobación plena de los derechos que invoca el quejoso o el tercer perjudicado, porque esto constituye la materia de la sentencia del juicio constitucional, debe concluirse que esos elementos de prueba bastan para hacer presumir el interés jurídico de la quejosa, en la suspensión, no puede exigirse la comprobación plena de los derechos que invoca el quejoso o el tercer perjudicado, porque esto constituye la materia de la sentencia del juicio constitucional, debe concluirse que esos elementos de prueba bastan para hacer presumir el interés jurídico de la quejosa, en la suspensión de los actos que reclama, por lo que no puede negársele esta suspensión, a pretexto de que no está demostrado ese interés.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344172-850cc9fa/tercerista-suspension-pedida-por-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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