COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
Si el quejoso presentó la demanda directamente ante la Suprema Corte de Justicia y no consta que haya solicitado previamente copia de la sentencia reclamada, pero dicha copia fue remitida por la autoridad responsable, a indicación de la Presidencia de este Alto Tribunal, debe por tal motivo considerarse comprobada la sentencia del acto que se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345026-de65aa8e/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2443/44. Vargas Maximino. 18 de febrero de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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