HIPOTECA TRATANDOSE DE PREDIOS HABIDOS EN COPROPIEDAD (LEGISLACION DE SONORA).
El artículo 1853 del Código Civil del Estado de Sonora establece que nadie puede hipotecar sus bienes sino con las condiciones y limitaciones a que esté sujeto su derecho de propiedad, y el artículo 1855 del mismo código preceptúa que el predio común no puede ser hipotecado sin el consentimiento de todos los propietarios. Ahora bien, si en el caso propiamente no fue hipotecada una porción de determinado inmueble, sino el derecho real que sobre el mismo y en porción determinada tenía uno de los copropietarios, no era indispensable el consentimiento de los demás; pero aun en el supuesto contrario, debe considerarse probado ese requisito, si se justificó con documentos fehacientes, el consentimiento de los otros condueños, sin que obste que el presentado por uno de ellos, fuera posterior a la fecha de la escritura de la hipoteca, porque la ley no exige formalidad alguna para la manifestación de ese consentimiento.
Nota: El artículo 1853 corresponde al 3282 y el artículo 1855 corresponde al 3280, del Código Civil para el Estado de Sonora vigente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345084-30877f6c/hipoteca-tratandose-de-predios-habidos-en-copropiedad-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COPROPIEDAD. (s/clave)
- COPROPIEDAD. (s/clave)
- HIPOTECA, DERECHO DEL ACREEDOR EN CASO DE INSUFICIENCIA DE LOS BIENES HIPOTECADOS. (s/clave)
- HIPOTECA, FALTA DE INSERCION DEL CERTIFICADO DE GRAVAMENES DE LA FINCA RESPECTIVA, EN LA ESCRITURA DE (LEGISLACION DE SONORA). (s/clave)
- HIPOTECA. EL INMUEBLE ADQUIRIDO EN COPROPIEDAD POR LOS CONSORTES, MEDIANTE CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO CELEBRADO POR UNO DE ELLOS, NO PUEDE SER EXCLUIDO DE LA CONDENA A SU REMA (I.11o.C.57 C (10a.))
- JUICIO HIPOTECARIO. LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA CONDENATORIA DICTADA EN ÉL, SÓLO PUEDE EFECTUARSE A TRAVÉS DEL REMATE DEL INMUEBLE OBJETO DE LA OBLIGACIÓN REAL Y NO A TRAVÉS DE OT (V.1o.26 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis