LEY MONETARIA, APLICACION DE LA.
Debe estimarse que la sentencia que condenó al demandado a pagar en oro, quedó ejecutada al pagar éste en plata, si para hacerlo así, se fundó en la Ley Monetaria expedida el veinticinco de julio de mil novecientos treinta y cinco, que ya estaba en vigor cuando se pronunció la sentencia, y por lo mismo, era legalmente aplicable en los procedimientos de ejecución de la propia sentencia; y como las obligaciones contraídas por el demandado lo fueron antes de la expedición de dicha ley, pudieron solucionarse, de acuerdo con el artículo 3o., transitorio, de ésta, entregando su importe en moneda nacional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345246-9ff3bd67/ley-monetaria-aplicacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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