Corpus
Modo: Corpus Pro

NOTIFICACION EN CASO DE CAMBIO EN EL PERSONAL DEL JUZGADO (LEGISLACION DE MORELOS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 345258 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 264

El artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos se refiere a que debe hacerse conocer a las parte el cambio en el personal del juzgado, esto es, el cambio del Juez y del secretario, o de aquél solamente, con el objeto de que los litigantes puedan recusarlos oportunamente, si tuvieren causa para ello, pues es correcto que así sea en cuanto al Juez, que es quien va a resolver el negocio, pero no en cuanto al secretario, que su función es dar fe de los actos del Juez; tanto más, cuanto que la actuación del secretario en nada puede influir en perjuicio de las partes, por estar el juicio ya para resolución.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345258-2849c977/notificacion-en-caso-de-cambio-en-el-personal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 3867/36. Méndez J. Jesús. 7 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.