PRESCRIPCION POSITIVA, JUICIOS DE.
La demanda sobre prescripción positiva de un inmueble debe intentarse contra quien aparezca como propietario en el registro, y no contra quien aparecía anteriormente con tal carácter, y si el juicio se siguió contra este último, la sentencia recaída en el mismo, no puede afectar al actual propietario; sin que obste que el actor se hubiera apoyado en las certificaciones expedidas por el encargado del Registro Público de la Propiedad y por el jefe de la Oficina de Hacienda, de las que aparezca como propietario el demandado, si está probado que tales documentos son incompletos, porque en ambas oficinas se realizaron modificaciones, antes de la presentación de la demanda, respecto de la propiedad del inmueble objeto del juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345881-c6f038b2/prescripcion-positiva-juicios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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