PRESCRIPCION POSITIVA.
Si en un juicio sobre declaración de haber adquirido la propiedad de un inmueble, por prescripción, el actor hizo consistir el justo título de su posesión, en concepto de dueño, en que celebró operación de compraventa de ese inmueble, debe estimarse que la circunstancia de que tal enajenación hubiera sido hecha por quien todavía no era dueño de la cosa, no sería obstáculo para que, llenados los requisitos legales, la usucapión se consumara en favor del poseedor, con todas sus consecuencias legales, independientemente de la responsabilidad en que el vendedor hubiera incurrido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348769-45b80896/prescripcion-positiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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