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Modo: Corpus Pro

JURISDICCION VOLUNTARIA, DILIGENCIAS DE (PRUEBAS, REQUISITOS DE LAS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 345900 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1714

Las diligencias practicadas en jurisdicción voluntaria carecen de valor probatorio dentro de un juicio de jurisdicción contenciosa, pues aceptar lo contrario sería tanto como desconocer los principios jurídicos que rigen la materia de la prueba. En nuestro derecho, sólo son válidas las pruebas que se llevan a cabo en debate contradictorio, es decir, con debida audiencia y citación de la parte interesada, y es por ello que las diligencias de jurisdicción voluntaria no pueden considerarse como verdaderas pruebas en la jurisdicción contenciosa.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345900-85c1e443/jurisdiccion-voluntaria-diligencias-de-pruebas-requisitos-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 7716/45. Cruz Pedro. 15 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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