JURISDICCION VOLUNTARIA.
Las diligencias de jurisdicción voluntaria solamente sirven para acreditar hechos, sin que se promueva ni esté promovida cuestión alguna entre partes determinadas, precisamente porque se privaría a la parte contraria, del derecho de repreguntar a los testigos examinados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365062-bcdb16ff/jurisdiccion-voluntaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 600/28. García Méndez Rafael. 28 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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