JURISDICCION VOLUNTARIA.
Para justificar que se es parte legítima y oponerse a la continuación de un procedimiento en la vía de jurisdicción voluntaria, es suficiente cualquier medio de prueba, pues la jurisdicción voluntaria, no tiene por objeto resolver sobre ningún derecho, lo cual se reserva para el juicio contencioso correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814131-35cca9bd/jurisdiccion-voluntaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 6110/39. Cecilio Nava. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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