REMATES EN MATERIA MERCANTIL, PUBLICACION DE LOS EDICTOS TRATANDOSE DE.
El artículo 1411 del Código de Comercio establece que la venta de los inmuebles en remate judicial, se anunciará por tres veces dentro de nueve días. En consecuencia, los edictos deben publicarse y, en su caso, fijarse en los lugares públicos de costumbre, sin exceder del citado término; pero ello no significa que necesariamente se tenga que utilizar el plazo de nueve días para hacer las publicaciones, las cuales pueden ser sucesivas, quedando así dentro del término legal, o bien, pueden realizarse con intervalos, sin exceder del citado plazo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/346609-385ef559/remates-en-materia-mercantil-publicacion-de-los-edictos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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