COSTAS. LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DE COAHUILA.
Dado el sistema de costas adoptado por el Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Distrito Federal (adoptado en el Estado de Coahuila), la interpretación correcta de la fracción IV del artículo 140 de dicho código, es la de que no debe distinguirse entre si el vencido es el actor o el demandado, y en consecuencia, tal disposición legal obliga al juzgador a condenar en costas al actor que no ha demostrado su acción y que habiendo apelado de la sentencia de primera instancia, es confirmada ésta por el superior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347146-7cc6f2a6/costas-legislaciones-del-distrito-federal-y-de-coahuila · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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