HEREDEROS, INCONFORMIDAD DE LOS, PARA LA CELEBRACION DE CONTRATOS.
La inconformidad de un heredero para la celebración de un contrato de arrendamiento, por el albacea de la sucesión, que no llegó a manifestarse ni a hacerse valer contra quien debió haberse ejercitado, no puede esgrimirse contra el arrendatario, después de varios años de cumplimiento voluntario del contrato, como inconformidad de la sucesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347700-85ef9cd4/herederos-inconformidad-de-los-para-la-celebracion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 7068/45. La sucesión de López de Marure Manuela. 2 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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