ALIMENTOS, DERECHO A PERCIBIRLOS (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
El juicio sumario que promueve el acreedor alimentista, conforme al artículo 589 de la ley procesal aplicable, para discutir el derecho a percibir alimentos, no puede estimarse como recurso ordinario dentro del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347758-54201bea/alimentos-derecho-a-percibirlos-legislacion-de-tamaulipas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 9042/45. Martínez G. Gabriel. 22 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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