POSESION, PRUEBA DE LA.
La circunstancia de que se haya adjudicado al quejoso, en remate, una finca, no prueba que haya adquirido la posesión de la misma, máxime si habiendo fijado la fecha la autoridad respectiva para la diligencia de posesión, no hay constancia alguna de que ésta se hubiera llevado a cabo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347822-cf8d195b/posesion-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4275/43. Jiménez de Sandoval Antonio. 5 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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