RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA, POR EL USO DE MECANISMOS PELIGROSOS.
El hecho de que el chofer que maneja un automóvil con el que causó un daño, esté autorizado para manejarlo mediante licencia expedida por la autoridad competente, no libra al responsable de la obligación de reparar los daños causados, porque no hace desaparecer la peligrosidad, del mecanismo de que se trata, mismo que entra en las prevenciones del artículo 1913 del Código Civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348073-9cfe5ddf/responsabilidad-civil-objetiva-por-el-uso-de-mecanismos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3827/44. Díaz Arochi José. 6 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
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