INTERDICTO DE RECUPERAR LA POSESION.
La acción interdictal no procede contra actos de autoridad, aun cuando los mismos implicasen un desposeimiento semejante al despojo, ya que en ese caso, no se cumplen los requisitos exigidos por la ley, ni puede hablarse propiamente de actos violentos que de propia autoridad tienden a la desposesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348117-0393ebf2/interdicto-de-recuperar-la-posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4100/43. Auleta Laura. 20 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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