OBLIGACIONISTAS, REPRESENTACION DE LOS.
El conjunto de los obligacionistas o tenedores de bonos de una compañía, no constituye propiamente una persona moral, porque los obligacionistas no forman una sociedad o compañía, sino que cada uno, en lo particular, es acreedor de la razón social; por lo que el representante de los obligacionistas tiene el carácter de apoderado de cada uno de éstos, como personas físicas, quienes no pueden alegar no haber sido oídos en el juicio en que intervino su representante, ya que lo fueron a través de éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348271-3bf70a2e/obligacionistas-representacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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