APELACION EN EL EFECTO DEVOLUTIVO.
Una vez que firme el auto que admite la apelación en el efecto devolutivo, el sentenciador no tiene por qué ocuparse nuevamente de si fue bien o mal interpuesta esa apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349210-b9ab0f39/apelacion-en-el-efecto-devolutivo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 6168/42. Banco Nacional de México, S. A. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Agustín Mercado Alarcón
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