ACTO RECLAMADO.
Si el acto reclamado consiste en la posesión que se dio en vía de jurisdicción voluntaria el tercer perjudicado, de algunos montes sobre los que alega tener derecho el quejoso, era condición necesaria e imprescindible del amparo que se hubiera demostrado que la posesión la tenía el quejoso y que hubiese sido perturbado en ella, por razón de los actos reclamados, ya que la declaración de los derechos y obligaciones emanados de los contratos, que en su favor hace valer el quejoso, así como el tercer perjudicado sobre la explotación de los montes cuestionados, no es materia que debe ventilarse en el amparo, sino que queda reservada al conocimiento y potestad de las autoridades competentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349819-710f8fba/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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