COSTAS, TEMERIDAD DE LOS LITIGANTES PARA EL EFECTO DE SU CONDENACION AL PAGO DE LAS.
El hecho de que la sentencia que impuso al quejoso el pago de las costas, se haya dictado por mayoría de votos de los integrantes de la Sala del tribunal responsable, no excluye la temeridad del agraviado, motivo por el cual no debe considerarse infringido el artículo 140 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349831-1e13869b/costas-temeridad-de-los-litigantes-para-el-efecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 8847/43. Becerril Ritchie Carlos. 17 de noviembre de 1944. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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