COSTAS, CONDENACION AL PAGO DE.
Si la autoridad responsable no se fundó en razón alguna para condenar a los quejosos al pago de las costas de ambas instancias, pues ni siquiera dice que a su juicio hubieran obrado con temeridad o mala fe, y por otra parte, las sentencias de primero y de segundo grados, no fueron conformes en su parte resolutiva, en tales condiciones, no puede presumirse la mala fe en los agraviados, y por lo mismo debe estimarse que la responsable aplicó incorrectamente el artículo 140 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, al condenarlos al pago de las costas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349810-9c0cb30f/costas-condenacion-al-pago-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS, CONDENACION AL PAGO DE LAS, EN CASO DE CONFORMIDAD DE LAS SENTENCIAS DE AMBAS INSTANCIAS. (s/clave)
- COSTAS, CONDENACION EN. (s/clave)
- COSTAS, CONDENA EN. (s/clave)
- COSTAS. (s/clave)
- COSTAS. CONDENA EN INCIDENTES. (I.3o.C.459 C)
- COSTAS. CONDENA EN INCIDENTES.- (855)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis