PRUEBA TESTIMONIAL.
La estimación de esta prueba queda al prudente arbitrio del juzgador, y no puede dar lugar al amparo, sino cuando se alteran las reglas fundamentales acerca de su recepción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349930-22fd4bdd/prueba-testimonial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5826/42. Hernández de Gorozpe María de Lourdes y coaga. 6 de julio de 1944. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBA TESTIMONIAL. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL. (s/clave)
- PRUEBA PRESUNTIVA. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
- PRUEBA PERICIAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis