ALIMENTOS.
Si bien el padre tiene la obligación de darles alimentos a sus hijos, éstos también deben recibirlos de la madre, si por tener bienes propios, está obligada legalmente a contribuir en tal ministración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350078-744115d9/alimentos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2365/44. Ross Esmeralda Esperanza. 21 de agosto de 1944. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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