ALIMENTOS PROVISIONALES, PERDIDA DEL DERECHO A LOS.
Si los alimentos provisionales asignados a la quejosa, lo fueron durante la vigencia del matrimonio, teniendo como base el abandono por el esposo y el incumplimiento de los deberes de socorro y asistencia derivados de las relaciones familiares y del contrato de matrimonio que lo ligaba con su esposa, al desaparecer esa fuente de obligaciones por la disolución del vínculo matrimonial, es indudable que dejando de existir la causa, deben cesar los efectos, y si la quejosa estimaba que tenía derecho a alimentos por no haber dado causa al divorcio, en los términos del artículo 101 de la Ley de Relaciones Familiares, fue materia que debió plantear para su resolución en el juicio respectivo, pero de ninguna manera podría justificar su derecho a la percepción de los alimentos concedidos por diversa causa, pues existe profunda y radical diferencia entre los alimentos debidos por el vínculo matrimonial y los que se pueden exigir a consecuencia del divorcio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350195-953bc646/alimentos-provisionales-perdida-del-derecho-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ALIMENTOS. OBLIGACION DE PROPORCIONARLOS. (s/clave)
- ALIMENTOS EN CASO DE DIVORCIO, PERDIDA DE LOS. (s/clave)
- ALIMENTOS PROVISIONALES, LEVANTAMIENTO DE LOS. (s/clave)
- ALIMENTOS. CASO EN QUE RESULTAN UNA CONSECUENCIA LEGAL DEL DIVORCIO. (s/clave)
- ALIMENTOS EN CASO DE DIVORCIO, FIJACION DE LOS. (s/clave)
- ALIMENTOS PROVISIONALES. SUBSISTENCIA DE LA OBLIGACION DE PROPORCIONARLOS. SUSPENSION SIN FIANZA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis