Corpus
Modo: Corpus Pro

CONTRAFIANZA, DERECHO DE OTORGARLA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 350451 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3875

Si el quejoso en el amparo señaló como terceros perjudicados a diversas personas, el Juez estuvo en lo justo al aceptar la contrafianza propuesta por los mismos, sin que obste en contrario la argumentación del recurrente, respecto de que esos terceros no tienen interés jurídico, ni de hecho, ni se les sigue ningún perjuicio, por haber dispuesto ya del bien sobre el que trabó embargo el recurrente, cuya cancelación constituye uno de los actos reclamados, porque si tienen o no interés, y si es o no legítimo son asuntos que deben ser resueltos en la sentencia definitiva que se dicte en el amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350451-8d5fa658/contrafianza-derecho-de-otorgarla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 773/43. Zaldívar Luis G. 21 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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