ACUMULACION DE JUICIOS DE AMPARO.
El artículo 57, fracción II, de la Ley de Amparo establece: "En los juicios de amparo que se encuentren en tramitación ante los Jueces de Distrito podrá decretarse la acumulación a instancia de parte o de oficio en los casos siguientes: ... II. Cuando se trate de juicios promovidos contra las mismas autoridades, por el mismo acto reclamado, siendo diversos los quejosos, ya sea que éstos hayan intervenido en el negocio o controversia que motivó el amparo, o que sean extraños a los mismos." Ahora bien, aunque no se trate de iguales actos reclamados, como literalmente los dispone la disposición legal transcrita, si se trata de actos cuyas materia son consecuencia una de otra, lo que determina su íntima conexión, procede decretar la acumulación de los juicios de amparo relativos, pues tal es el espíritu que anima a la mencionada disposición legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351045-acae4df7/acumulacion-de-juicios-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ACUMULACION DE LOS JUICIOS DE AMPARO. (s/clave)
- ACUMULACION DE AMPAROS EN DIVERSOS JUZGADOS. (s/clave)
- ACUMULACION DE JUICIOS DE AMPARO, QUEJA IMPROCEDENTE EN MATERIA DE. (s/clave)
- ACUMULACION DE JUICIOS DE AMPARO, QUEJA IMPROCEDENTE EN MATERIA DE. (s/clave)
- ACUMULACION EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE LA ACCION CONSTITUCIONAL QUE SE EJERCITA EN CONTRA DE DIVERSOS ACTOS DESVINCULADOS JURIDICAMENTE ENTRE SI. (IX. 2o. 46 K)
- ACUMULACION EN EL JUICIO DE AMPARO. NO PROCEDE DECIDIR SOBRE ELLA EN LA REVISION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis