AMPARO CIVIL, CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha resuelto que, tratándose de los conceptos de violación que deben formularse en la demanda, basta que contengan la expresión clara y precisa de los hechos en que se fundan, para que sea procedente su estudio, sin necesidad de que se cite numéricamente el precepto legal violado, y cuando no se cumple con ese requisito, el juicio debe declararse improcedente y no negarse la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351295-5e63c357/amparo-civil-conceptos-de-violacion-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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