NOVACION, NO EXISTE EN CASO DE DISMINUCION DEL PRECIO DEL ARRENDAMIENTO.
La disminución de la cantidad que debe pagarse como renta, no altera la esencia del contrato de arrendamiento, ni demuestra la intención de cambiar por otra, la obligación principal. Así se desprende del artículo 2847 del Código Civil del Distrito Federal, según el cual "La quita reduce la fianza en la misma proporción que la deuda principal", pues si el legislador hubiera estimado que la reducción del monto de la obligación, en el caso del precio del arrendamiento, constituía una novación, no tendría razón de existir la disposición legal antes mencionada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351471-83dd1a5a/novacion-no-existe-en-caso-de-disminucion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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