INQUILINATO EN VERACRUZ.
El artículo 4o. de la Ley de Inquilinato en el Estado de Veracruz, establece que los arrendamientos a que se contrae esa ley tendrán una duración indefinida y no requerían el otorgamiento de fianza ni la constitución de depósitos para garantía de las obligaciones del arrendatario; pero esa duración indefinida puede cesar en los casos en que se declare procedente la desocupación por causa de rescisión del contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351479-3758c6d1/inquilinato-en-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3467/42. Viniegra Roberto. 22 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- INQUILINATO EN EL ESTADO DE VERACRUZ, LEY DE. (s/clave)
- INQUILINATO EN VERACRUZ. (s/clave)
- INQUILINATO EN VERACRUZ, LEY DE (FIANZA). (s/clave)
- INQUILINATO EN VERACRUZ. (s/clave)
- INQUILINATO EN EL ESTADO DE VERACRUZ. (s/clave)
- INQUILINATO EN VERACRUZ, LEY DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis