Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

LETRAS DE CAMBIO, EXCEPCIONES OPONIBLES A SU PAGO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 351683 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3619

Cuando la letra de cambio no ha entrado en circulación, y por lo mismo, no ha tenido vida comercial, independientemente del contrato que le dio origen, sino que únicamente implica o consigna derechos y obligaciones entre los primeros contratantes, pueden oponerse por el deudor las excepciones personales que tenga contra su acreedor; de lo que se deduce que cuando la letra ya ha circulado y el actor es un tercero adquiriente de buena fe, ya no puede el deudor oponer la excepción de pago, ni tampoco la de falsedad, atribuida a los causantes del mismo actor, lo que es conforme a las disposiciones de los artículos 5o. y 8o., fracción XI, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351683-9f384ec7/letras-de-cambio-excepciones-oponibles-a-su-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 6147/42. Valdés Arturo. 9 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis