PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER (INSPECCION JUDICIAL).
La autoridad judicial obra dentro de las facultades que le concede el artículo 279 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales, si ordena la práctica de una diligencia de inspección ocular, con el objeto de identificar debidamente el terreno embargado en el juicio, y determinar si es el mismo que ampara el certificado del Registro Público de la Propiedad, presentado por quien en dicho juicio promovió incidente de sobreseimiento del apremio, porque tal diligencia, es, en tal caso, conducente para el conocimiento de la verdad sobre los puntos controvertidos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352274-4a169e07/pruebas-para-mejor-proveer-inspeccion-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER. (s/clave)
- PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER. (s/clave)
- PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER, AUSENCIA DE FORMALIDADES EN LA PRACTICA DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER, LIMITACIONES A LAS. (s/clave)
- POSESION. PRUEBA DE LA, INSPECCION JUDICIAL. ( [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 716)
- MINAS. PRUEBA PERICIAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis