Corpus
Modo: Corpus Pro

PRESCRIPCION, MODIFICACION EN EL PLAZO TRANSCURRIDO DE LA, POR LA VIGENCIA DE UNA NUEVA LEY (LEGISLACION DE MICHOACAN).

Clave: — · Registro digital (IUS): 352308 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 926

El artículo 6o. transitorio, del Código Civil vigente en Michoacán, fija la regla de que las disposiciones del nuevo código se aplicarán a los plazos que estén corriendo para prescribir, pero el tiempo transcurrido se computará aumentándolo o disminuyéndolo en la misma proporción en que haya aumentado o disminuido el nuevo término fijado por la presente ley. Ahora bien, el plazo fijado para la prescripción, tratándose de obligaciones de hacer, que era de veinte años en el código anterior, se redujo a diez en el vigente, por lo que los plazos transcurridos al entrar en vigor este último, tratándose de tales obligaciones, deben reducirse en la misma proporción, esto es, a la mitad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352308-036c839f/prescripcion-modificacion-en-el-plazo-transcurrido-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 4185/41. Padilla Mauricio y coagraviado. 14 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la votación por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.