QUIEBRAS, INTERVENTORES DE LAS.
El hecho de que el interventor de la quiebra se asemeja a un procurador, para el cobro de honorarios, es una excepción que sólo tiene lugar en el aspecto de esa función.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352418-e327ff61/quiebras-interventores-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 6141/38. Fernández Río Antonio y coagraviados. 27 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Octavio Mendoza González, no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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